Habiendo recibido de la Audiencia Provincial la lista definitiva de candidatos a TRIBUNAL DEL JURADO para el bienio 2025-2026, se procede a su exposición durante los dos años de vigencia de la citada lista conforme al artículo 16 de la Ley Orgánica 5/1995 de 22 de mayo del Tribunal del Jurado.
- Los candidatos podrán ser convocados a formar parte del Tribunal del Jurado durante dos años a contar del uno de enero siguiente y que tendrán la obligación de comunicar a la Audiencia Provincial cualquier cambio de domicilio o circunstancia que influya en los requisitos, en su capacidad o determine incompatibilidad para intervenir como jurado.
- Cualquier ciudadano podrá comunicar a la Audiencia Provincial las causas de incapacidad o incompatibilidad en que, durante el citado período, pueda incurrir el candidato a jurado.