PMH. VOLANTE EMPADRONAMIENTO
PMH. VOLANTE EMPADRONAMIENTO GIALos Ayuntamientos podrán expedir volantes de empadronamiento, como documentos de carácter puramente informativo en los que no serán necesarias las formalidades previstas para las certificaciones.
Es un documento de carácter informativo que indica la residencia y el domicilio habitual.
En las tramitaciones de los procedimientos administrativos de la Administración General del Estado y de sus Organismos Públicos y de la Comunidad de Castilla y León, en los que esté disponible el servicio, no será necesario aportar este documento, si el interesado AUTORIZA a la Administración correspondiente a comprobar su domicilio padronal. Se solicita entre otras, en las siguientes tramitaciones:
- Para la expedición del Documento Nacional de Identidad (DNI)
- Matriculación de vehículos
- Ayudas de Servicios Sociales
- Trámites en los procedimientos de la Comunidad de Castilla y León
- Trámites en los que no se exija expresamente el certificado, etc.
Los volantes de empadronamiento podrán ser solicitados y expedidos por medios electrónicos.
El Ayuntamiento que implante estos sistemas deberá vigilar que el acceso a la información padronal quede restringido a los interesados.
Se considera, a estos efectos, imprescindible el uso de firma electrónica o el acceso por contraseña personal.
Si desea obtener un certificado colectivo deberá acudir a las oficinas municipales con el Libro de Familia o documento que acredite el consentimiento.